miércoles, 17 de octubre de 2012

La Asignacion Familiar

Es un beneficio mensual otorgado a los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por la negociación colectiva, cualquiera fuere su fecha de ingreso; su finalidad es contribuir a la manutención de los hijos menores de edad, con independencia del numero de hijos. Este beneficio asciende al diez por ciento mensual de la remuneración mínima vital vigente, en la oportunidad que corresponda percibir este beneficio.

¿Quienes tienen derechos a percibirla y que requisitos se necesitan?
Tienen los trabajadores que tengan a su cargo uno o mas hijos menores de 18 años y de manera excepcional aquellos trabajadores que tengan hijos que al cumplir la mayoría de edad se encuentren efectuando estudios superiores o universitarios; en este ultimo caso, el beneficio se extenderá hasta que concluyan los estudios, hasta un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de la mayoría de edad. Para poder percibir este beneficio el trabajador debe contar en primer lugar, con vinculo laboral vigente, ademas de acreditar la existencia de hijos. En que momento se paga: debe ser pagada por el empleador bajo la misma modalidad con la que viene pagando las remuneraciones.

  Como percibirán la asignación familiar una pareja de esposos que trabaja para una misma empresa y un trabajador que labora en varias empresas? En el primer caso ambos tienen derecho por separado a percibir la asignación familiar por parte del empleador; asimismo un trabajador que labora en varias empresas tendrá derecho a percibirla de cada una de las empresas donde labora. ( art. 7 y 8 del decreto supremo 035-90-tr).

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